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miércoles, 1 de junio de 2011

Proponen mejorar Ley contra de la violencia familiar, para evitar impunidad

Desde 1993, instituciones que trabajan con mujeres víctimas de violencia, solicitaron al poder legislativo la modificación de la Ley 1674, sobre violencia intrafamiliar, debido a que dicha norma, en lugar de garantizar la atención de las damnificadas, posibilita la impunidad de los agresores. Dentro de su contenido, las organizaciones señalaron vacios que impedirían procesar a los culpables, ya que ese documento tiene un carácter conciliador.
Según María Luisa Quiroz, juez segundo de instrucción de familia en la ciudad de La Paz, existen propuestas que demandan la modificación de algunos artículos de la norma, solicitando la actualización de la terminología en razón de violencia de género e intrafamiliar, la temporalidad de las medidas cautelares dentro de la duración del proceso, entre otros aspectos.
Las sugerencias directas para readecuar esta Ley estaban dirigidas a dos aspectos principales: Amplio abordaje del concepto de la integridad como bien a proteger (física, sexual, psicológica, económica y patrimonial) y las responsabilidades específicas de instituciones en el ámbito educativo, de salud, de medios de comunicación, además de la propia policía, para la puesta en marcha de un Plan de Prevención y Erradicación de la Violencia en la familia.
A decir de la autoridad, es necesario revisar el documento, debido a que este se caracteriza por su debilidad en las sanciones de la violencia contra las mujeres, ocasionando que el acuerdo entre partes se convierta en una vulneración fehaciente de los derechos de las mujeres, de su integridad, exponiéndolas a arriesgar su propia vida.
La propuesta de modificar la Ley 1674, establece que el 70% de las mujeres bolivianas son agredidas en el país ya sea física, emocional o psicológicamente. De igual forma, el análisis determinó que el número de mujeres que llega a un centro de salud y hospital por estas causas (violencia), está creciendo y lo que es peor, las muertes de mujeres con una historia de violencia en la familia o de sus ex cónyuges, también está en aumento.
Características
La ley 1674 fue el primer instrumento jurídico con el objetivo de luchar frontalmente contra la violencia familiar, este plantea determinar los sujetos de protección y bienes protegidos como la integridad física, psicológica, moral y sexual y fijar los órganos encargados de su aplicación. Así mismo la ley determina las medidas cautelares de prevención y de protección a favor de las víctimas y definir las sanciones y medidas.
Puntos en conflicto
La juez reveló que dentro de la solicitud de recomendaciones se sugiere la modificación del artículo 8 sobre las multas establecidas, pues las organizaciones que llevan adelante la iniciativa de su cambio consideran que, dicho artículo, no causa efecto en el agresor que cuenta con disponibilidad de recursos económicos. Proponen como sanción mínima de un día de arresto.
Respecto al arresto, el artículo 9 establece un máximo de cuatro días, tiempo insuficiente si se consideran los daños y las agravantes. El arresto como sanción, según la propuesta de modificación debe ser graduado de 1 a 30 días.
Otra modificación que es solicitada,  es el  artículo 32 sobre la parte procesal donde se sugiere que se suprima, por el riesgo de la víctima o denunciante a ser intimidado por su agresor. Además en artículo 36 sobre la posibilidad abierta sobre de que el juez homologue acuerdos, donde sugiere que se deje en claro, que en cada caso de violencia existirá una acusación.
Publicado por GAIA Noticias

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