Como lo anunciamos en ediciones pasadas, el
2011 se registraron 157 asesinatos violentos a mujeres, de acuerdo al
Observatorio ‘Manuela’ del Centro de Información y Desarrollo de la
Mujer (CIDEM). Miembros de esta institución aseguran que muy pocos casos
han llegado a instancias judiciales.
En este sentido, plantean que se derogue la figura de “homicidio por
emoción violenta” del Código Penal, ya que muchos se acogen a este
artículo para no obtener una sentencia de 30 años de prisión.
De acuerdo a información proporcionada por el Observatorio ‘Manuela’,
los casos de feminicidio por celos de los varones ingresan al sistema
judicial amparados en el artículo 254 del Código Penal, tipificado como
“homicidio por emoción violenta” con una condena de uno a cinco años en
prisión; no obstante, luego de haber cumplido la pena, el agresor
acogiéndose al perdón judicial, incluso sale libre cuando la víctima
queda con secuelas físicas y psicológicas.
De acuerdo a Patricia Brañez, coordinadora de Proyectos e Incidencia
Política de CIDEM el tema de impunidad, retardación de justicia y
tráfico de influencias es muy común en nuestro país.
“Por eso es que CIDEM con el Observatorio pedimos que se incorpore la
tipificación del feminicidio en el Código Penal. Demandamos que se
eleven las sanciones por lesiones ‘graves’ y ‘gravísimas’ porque las
mujeres sobrevivientes del feminicidio quedan lisiadas, sin ningún tipo
de reparación por parte de la justicia”, advirtió.
A decir de Brañez el CIDEM se encuentra en un proceso de incidencia
en el Órgano Legislativo. El 25 de noviembre del año pasado se entregó
la propuesta de tipificación del feminicidio para el Código Penal; y
también del anteproyecto de ley integral para garantizar una vida libre
de violencia para las mujeres.
“Este año, las compañeras que están liderando las dos Cámaras se han
comprometido a agendar estas leyes, y además está la Ley Contra
Violencia y Acoso Político. Son tres normas que se ha trabajado en el
Comité Impulsor de la Agenda Legislativa que componen un conglomerado de
instituciones y organizaciones que ha trabajado estas propuestas”,
señaló.
En coordinación con las asambleístas, el Viceministerio de Igualdad
de Oportunidades y las organizaciones sociales en pro de la mujer.
Emoción violenta
De acuerdo al glosario de legales.com, se trata de un estado en que
la emoción ha hecho perderle al sujeto el pleno dominio de su
capacidad reflexiva y disminuir sus frenos inhibitorios, sin llegar a
producir la profunda turbación de conciencia, que conduciría a la
inimputabilidad. El homicidio emocional, aunque atenúe penas no dejará,
por ello de ser homicidio doloso.
Publicado por Gaia Noticias
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